
El nuevo convenio supondrá una vía para facilitar los mínimos de cotización exigidos para generar prestaciones, en el caso de personas con discapacidad y con especiales dificultades de acceso al mercado laboral.
Además, supone un refuerzo del principio de igualdad de oportunidades ya que posibilita el encuadramiento en el Régimen General de la Seguridad Social. De esta forma, las personas con discapacidad podrán acceder a las prestaciones de jubilación, muerte y supervivencia sin necesidad de haber acreditado un período previo de cotización.
La integración social de las personas con discapacidad es un derecho constitucional y corresponde a los poderes públicos llevar a cabo políticas que eliminen las barreras que la impiden o dificultan.
La incorporación al mercado laboral de este colectivo es un factor destacado para conseguir su plena integración.
A continuación se resumen los tipos de contratación y las ayudas que se destinan a la inserción laboral de las personas con discapacidad. Se trata de un compendio de las medidas existentes hasta el momento que pretende servir de guía tanto a empresas e instituciones como a los trabajadores.
A) INTEGRACIÓN DE TRABAJADORES DISCAPACITADOS EN EL SISTEMA ORDINARIO DE TRABAJO
Cuota de reserva y medidas alternativas
Contratación por cuenta ajena Contrato indefinido
Contrato temporal de fomento de empleo
Contratos formativos Para la formación y el aprendizaje
Prácticas
Contrato de interinidad
Empleo por cuenta propia
Programa de promoción de empleo autónomo para personas con discapacidad
Capitalización de las prestaciones por desempleo
Bonificación de cuotas para trabajadores autónomos en sus
5 primeros años de actividad
Empleo con apoyo
B) INTEGRACIÓN DE TRABAJADORES DISCAPACITADOS EN EL SISTEMA DE EMPLEO PROTEGIDO
Centros Especiales de Empleo
C) MEDIDAS DE TRÁNSITO DEL EMPLEO PROTEGIDO AL ORDINARIO
Enclaves Laborales
Más información en: www.sepe.es/contenido/empleo_formacion/empresas/pdf/Discapacidad.Nov2012.pdf